Hola a todos. Hoy toca cambiar de tercio y volver a hablar de las costumbre del país andino, ya que como saben los lectores del blog me gusta que haya cierta variedad en los temas a tratar. En esta ocasión, incluyo algunas reflexiones que me vienen a la mente y que he titulado “preguntas sin respuesta”. En realidad, muchas preguntas sí tienen respuesta o al menos se pueden intuir; no obstante se trata de situaciones curiosas que se dan en el país y las cuales me ha parecido interesante comentar. Agradeceré comentarios y opiniones sobre vivencias en este sentido, o aclararme mis dudas.
¿Para qué sirve exactamente el “datero” de combi? Según tengo entendido, el “datero” de combi es una persona que, situada en los paraderos, proporciona datos sobre las combis que van pasando y sobre el grado de ocupación de las mismas. Esta información, supuestamente, sirve al receptor de la misma (conductor y revisor de la combi) para saber cuán ocupadas van las combis que les preceden, y ajustar su ruta en consecuencia (por ejemplo no detenerse en algún paradero si la combi precedente va vacía). Todo esto suena muy bien en la teoría pero no tanto en la práctica y por eso me pregunto si esta función del “datero” en realidad sirve para algo. Sin ir más lejos, aunque la combi precedente vaya vacía, la combi que va detrás debe en teoría detenerse donde quieran bajarse sus pasajeros. Además, yo que soy usuario habitual de combis, he tenido la oportunidad de escuchar muchas veces las conversaciones entre “datero” y conductor, e incluso ver el papelito y que el “datero” entrega, y verdaderamente son ininteligibles.
¿Por qué las entradas de cine no son numeradas? Salvo contadas excepciones, las entradas de cines en Lima no son numeradas. Ello te obliga a estar al menos 15 minutos antes en la puerta de la sala para poder escoger un buen sitio. Naturalmente se forman unas colas importantes en las puertas de las salas.
¿Qué tanto protege el “guachimán”? Como su propio nombre indica (watchman), el guachimán viene a ser un vigilante. Por ejemplo, están en las puertas de edificios particulares y empresariales, bancos, escuelas, etc., vigilando para impedir que se cometan eventuales robos, tanto de día como de noche. Su función está clara pero realmente cabe preguntarse si es efectiva. Es verdad que el guachimán disuade, pero en mi opinión ante robos bien planeados y sofisticados poco podrá hacer el guachimán. Además y como dice un conocido humorista peruano, ¿alguien cree que ante un encuentro con delincuentes, el guachimán va a arriesgar su vida para lo que le pagan?
¿Por qué la temperatura de los aires acondicionados está siempre tan baja? En el último año he estado en muchos edificios y puedo confirmar que los aires acondicionados siempre están a temperaturas bajísimas. Los peruanos parecen estar habituados, en mi caso ha habido ya varias veces en que me he enfermado. Lo que me parece evidente es que el concepto de eficiencia energética todavía no está muy extendido por aquí.
¿Por qué no hay calefacción en las casas? Relacionado con lo anterior, en las casas no hay calefacción central. Las temperaturas en Lima no son muy frías, pero yo particularmente en invierno noto mucho frío en las casas. Obviamente es una cuestión de percepciones y de habituarse, pero después de un año en Perú todavía no me acostumbré. Y si hablamos de sitios más fríos, la cosa cambia. Por ejemplo cuando estuve en Cuzco, la habitación de mi hotel más parecía un iglú debido a las bajas temperaturas.
¿Por qué no se usa lavaplatos? En Lima no es nada común usar lavaplatos sino que se friega a mano. Según me han comentado, en los sectores de mayor poder adquisitivo no se considera un bien necesario. Por otra parte, los sectores de bajo poder adquisitivo no se lo pueden permitir. Yo pienso que conforme vaya aumentando la clase media, la demanda de este bien podría aumentar, aunque pienso que no es algo a lo que en principio los peruanos le otorguen mucho valor.
¿Cómo ganan dinero los cambistas? Son personas que cambian dinero en la calle, generalmente a una tasa más favorable a la que te dan los bancos o casas de cambio. Mi pregunta es: si te están cambiando el dinero a una tasa menor, ¿cómo hacen ellos negocio con eso? Alguien me comentó que se dedican a “mover” el dinero que van recopilando, es decir como un banco pero a menor escala.
¿Por qué no se come con pan? La comida peruana es exquisita. Pero también es una lástima que a los peruanos no les guste comer con pan, ya que se pierden ese placer tan español de mojar pan en las salas. En lugar de pan, los peruanos prefieren el arroz como acompañamiento para muchos de sus platos.
¿Por qué el gel de baño es tan poco común? Los peruanos prefieren las pastillas de jabón. En los supermercados no es fácil encontrar geles de baño, en las farmacias sí es más sencillo encontrarlo pero no es que haya mucha variedad de este producto.
Espero que os haya resultado cuanto menos curioso. Seguramente irán surgiendo más preguntas en adelante. Gracias y hasta el próximo post.
Blog creado para compartir experiencias e información práctica sobre la vida en Perú
sábado, 8 de junio de 2013
domingo, 19 de mayo de 2013
Información para españoles llegados recientemente a Perú
Esta semana estuve en un evento organizado por la Cámara de Comercio de España en Perú y en
el que también tomaron parte la Embajada y el Consulado, y dirigido a españoles
que no llevaran mucho tiempo residiendo en Perú. Fue un evento interesante
tanto por la información que nos brindaron como por la oportunidad de conocer a
compatriotas.
A continuación
comparto la información tratada en el evento de la que pude tomar nota y que considero puede ser relevante para los lectores del blog:
Por parte del Consulado:
Nos comentaron
que desde el último año está habiendo problemas con la DIGEMIN para realizar
los trámites migratorios, por lo que nos recomendaron tener paciencia.
Asimismo, se han
aprobado recientemente unas normas que conviene tener en cuenta:
- Cambio de calidad migratoria: solo se puede hacer de lunes a viernes de 14 a 18 horas.
- Hay que pedir cita previa a través de la web.
En cuanto a la
inscripción en el Consulado, nos lo recomendaron encarecidamente ya que ante
cualquier incidencia, no tienes protección si no estás registrado. También para
poder aprovechar los servicios que ofrece el consulado como renovación del
pasaporte o carnet de conducir. Es importante resaltar que la renovación del
DNI no se puede tramitar en el consulado.
Por último nos
comentaron que la nacionalidad peruana se puede pedir tras 2 años de
residencia. Nos recomendaron pensarlo bien porque entonces te conviertes en
ciudadano peruano y no gozas de la protección del consulado. En definitiva cada
uno debe evaluar los pros y contras y tomar la decisión que mejor la convenga.
Por parte de
la Consejería de Empleo y Seguridad Social de la Embajada:
En un post
anterior hacía referencia al aporte que realiza la empresa a ESSALUD y al
seguro privado, que es el 9% del sueldo bruto mensual. Durante el evento nos
especificaron que, de dicho 9%, un 6.75% se aporta a ESSALUD y 2.25% a la EPS (seguro privado).
Asimismo nos comentaron que ESSALUD cubre la asistencia llamada de capa
compleja y la EPS la asistencia de capa simple (es decir la atención primaria).
En este caso se recomienda prestar mucha atención a la póliza para entender qué
cubre la EPS ya que la cobertura dependerá de lo que negocien el empleador y la EPS. Según nos dijeron, mediante el pago de un plus se puede extender
la cobertura de la EPS para que también se haga cargo de la capa compleja.
A efectos de
retorno a España, nos comentaron que se tiene derecho a subsidio de desempleo
si se acredita haber desempeñado actividad laboral por un mínimo de 12 meses durante
un periodo de 6 años. Desconozco los requisitos concretos y cómo habría que
solicitarlo, pero eso es lo que nos dijeron.
Existe un
Convenio de Seguridad Social entre España y Perú. Como es natural el convenio
trata diversos aspectos. Para el que quiera consultarlo en detalle, fue firmado
el 16 de junio de 2003 y entró en vigor el 1 de febrero de 2005. No obstante me
gustaría destacar un aspecto que yo particularmente desconocía. A efectos de la
jubilación se tiene en cuenta el periodo trabajado en ambos países. Por
ejemplo, imagina que tras unos años en Perú vuelves a España y continúas allí
trabajando. Entonces, cuando te jubiles se calculará tu pensión teniendo en
cuenta los años trabajados en Perú y España, y ambos países pagarán una parte
proporcional de la pensión mediante prorrateo.
Sin embargo es
preciso tener en cuenta que si al volver a España te llevas tu dinero de la
AFP, entonces los años trabajados en Perú ya no los tendrán en cuenta en España
para el cálculo de la pensión. De nuevo, se trata de una decisión personal que
cada cual deberá valorar. No obstante, en mi modesta opinión y dadas las
circunstancias, las circunstancias no parecen indicar que en España se vaya a poder recibir una pensión digna
dentro de 40 años...
Por parte de
la Consejería Cultural de la Embajada:
La homologación
de títulos universitarios se realiza ante un organismo llamado Asamblea de
Rectores y se rige por la reciprocidad con España. Se trata de una cuestión
importante ya que es un requisito previo para colegiarse, y la colegiación es
necesaria para ciertas profesiones y por ejemplo para hacer proyectos con el
sector público.
Según parece
existen una serie de problemas actualmente con las homologaciones:
- Plazos: se están demorando mucho (en este país los trámites suelen ir lentos salvo que tengas un súper-contacto que te ayude). El plazo para homologar es en principio de 1 mes y rige silencio negativo. Si no se recibe respuesta se puede interponer recurso. En caso de no recibir respuesta se recomienda contactar a la Consejería porque ellos tienen interlocución y pueden hacer algunas gestiones.
- Se pide carnet de extranjería para homologar. En este sentido, la Consejería se quejó porque en España no se exige este requisito. Según parece de facto ya no lo están pidiendo, pero en el Reglamento de la Asamblea todavía se contempla (si bien se han comprometido a cambiarlo).
- Nomenclaturas de los títulos que no tienen un equivalente peruano directo (por ejemplo ingeniero de caminos). En algunos casos solicitan el plan de estudios para verificar concretamente lo que se ha estudiado .
Nos comentaron
que los títulos que más problemas estaban sufriendo a la hora de homologar eran
los de derecho (porque alegan que la ley es distinta), arquitectos e
ingenieros.
Por parte de
la Oficina Económica y Comercial:
Nos informaron
que la aprobación del Convenio de Doble Imposición está sufriendo retraso
debido a que es necesaria la ratificación de los Congresos de ambos países. Parece ser que Perú
no tiene incentivo para aprobarlo ya que de hecho muchas empresas españolas están ya aquí.
Por parte de
la Oficina Técnica de Cooperación:
La Cooperación
Española lleva funcionando ya 25 años en Perú, en proyectos relacionados con el
medio ambiente, salud, educación, acceso al agua, entre otros. Más de 130 ONG
españolas tienen proyectos en Perú.
A los que les
interese mucho la cooperación, nos recomendaron visitar el Centro Cultural de
España en Lima y REDINFOR, que es una
red de profesionales y organizaciones de desarrollo del Perú.
Por parte de
la Cámara Española de Comercio:
La Cámara es una asociación que promueve el
desarrollo de las relaciones económicas y empresariales entre España y Perú.
Funciona como punto de encuentro entre empresas establecidas en Perú y empresas
españolas. Ofrecen diversos servicios comerciales tales como información, contactos,
búsqueda de socios, entre otros. A los que les interese les recomiendo visitar
su web para obtener mayor información.
Espero que os resulte útil, saludos y hasta el próximo post.
viernes, 10 de mayo de 2013
Régimen Laboral
Hola a todos.
En esta ocasión
voy a hablaros de las cuestiones principales a tener en cuenta en relación con
el régimen laboral peruano.
1)
Vacaciones:
En Perú los
trabajadores tienen derecho a 30 días calendario (lo cual incluye sábados y
domingos, no son días útiles) de descanso vacacional remunerado por cada año
completo de servicios. Para disfrutar de las vacaciones, se deben cumplir dos
requisitos:
- Haber trabajado durante 1 año calendario.
- Cumplir con el récord mínimo de días trabajados según la jornada. Por ejemplo, para trabajadores cuya jornada es de 5 días a la semana, haber realizado labor efectiva por lo menos durante 260 días.
Lo principal a
destacar es que el trabajador, hasta que no haya pasado 1 año trabajando para
la empresa, no puede disfrutar de vacaciones. Este requisito le puede suponer
un inconveniente al trabajador extranjero, ya que por ejemplo se vería
imposibilitado de visitar su país durante el primer año de estancia en Perú.
No obstante,
existen empresas que dispensan este requisito y permiten tomar vacaciones antes
de llevar 1 año trabajando. Mi recomendación es que, si el tema os preocupa
especialmente, lo preguntéis en las entrevistas de selección e incluso tratéis
de negociar la posibilidad de tomar vacaciones antes del año. Conozco a
personas que lo han hecho y no necesariamente da mala impresión.
2)
Gratificaciones legales:
Son lo que en
España conocemos como pagas extra. Se trata de dos remuneraciones mensuales que
se abonan durante el año, la primera en julio (cuando se celebran Fiestas
Patrias) y la segunda en diciembre.
3)
Compensación por Tiempo de Servicio (CTS):
En Perú no existe
prestación pública por desempleo. En su lugar existe la CTS: se trata de un depósito que realizan las empresas en favor de los trabajadores. Funciona como un fondo previsor en caso de cese de la relación laboral. El pago lo realizan las empresas semestralmente en la cuenta bancaria del trabajador. La cuantía es de 1.16 remuneraciones mensuales por cada año trabajado.
4)
Participación en las utilidades:
En Perú, las
empresas con más de 20 trabajadores que realicen actividades generadoras de
renta empresarial, deben distribuir un % de su beneficio antes de impuestos
entre los trabajadores. El % de participación depende de la actividad de la
empresa, por ejemplo para las empresas industriales es del 10%. Mi
recomendación es que si estáis en un proceso de selección, tratéis de hablar
con algún contacto que tengáis en la empresa o directamente le preguntéis a los
entrevistadores por la cuantía concreta de las utilidades. De esa forma
tendréis más información sobre la cantidad que en su caso percibiríais.
5)
Cese de la relación laboral:
El contrato de
trabajo puede extinguirse, entre otras causas, por vencimiento del plazo,
acuerdo entre trabajador y empleador, renuncia del trabajador o despido.
En caso de
renuncia, el trabajador debe avisar con 30 días de antelación.
Para que el
despido esté justificado, debe basarse en una causa prevista por la Ley (por
ejemplo, la conducta del trabajador). En caso contrario el empleador debe pagar
una indemnización. En ciertos casos también se puede solicitar la reposición en
el empleo.
La indemnización
tiene como tope 12 remuneraciones mensuales. Para trabajadores con contrato
indefinido, el monto es de una remuneración mensual y media por cada año
completo de servicio. Para trabajadores con contrato a plazo fijo, la
indemnización consiste en una remuneración mensual y media por cada mes que deje
de trabajar hasta la finalización del contrato.
6) Jornada laboral:
En Perú la jornada laboral es de 48 horas semanales como máximo. Sin embargo existen trabajadores excluidos de la jornada máxima legal: trabajadores de dirección, los que no se encuentran sujetos a fiscalización inmediata y los que prestan servicios intermitentes de espera, vigilancia o custodia.
Como siempre, espero que os haya resultado útil. Saludos y hasta el próximo post.
martes, 16 de abril de 2013
Impuestos y boleta de pago
Hola a todos.
Últimamente he
recibido varias consultas de seguidores del blog en las que me preguntan por
los impuestos a pagar en Perú. En uno de los primeros post comenté la cuestión
de los impuestos para extranjeros, en esta ocasión voy a hablar de las tasas
impositivas con carácter general (es decir las que aplicarían una vez se
adquiera la condición de residente) y de los demás conceptos que incluye la
llamada “boleta de pago” (en España la conocemos por nómina).
La tasa de
impuesto a la renta para individuos se determina aplicando una tasa progresiva
acumulativa en función de la UIT (Unidad Impositiva Tributaria):
Escala
|
Tasa
progresiva acumulativa
|
Hasta 27 UIT (1 UIT = 3700 soles)
|
15%
|
Por el exceso sobre 27 UIT hasta 54 UIT
|
21%
|
Cualquier exceso
|
30%
|
Otros conceptos
que se reflejan en la boleta de pago y que se deben tener en cuenta para
haceros una idea del neto a percibir, son los siguientes:
- Seguro Social de Salud (Essalud): vendría a ser lo que se conoce en España por seguridad social a cargo de la empresa. Esta contribución es de cargo del empleador y tiene por finalidad financiar a la Sanidad Pública o Sistema Social de Salud (Essalud). La contribución es equivalente al 9% de la remuneración que recibe el trabajador. En caso la empresa proporcione cobertura de salud a los trabajadores a través de un seguro privado, puede solicitar una minoración del aporte a Essalud, dentro de ciertos límites establecidos por Ley.
- Seguro de Vida Ley: es un beneficio al trabajador que se otorga voluntariamente por el empleador cuando el trabajador ya tiene tres meses de trabajo y obligatoriamente cuando éste haya laborado cuatro años para el mismo empleador. El beneficio consiste en el pago de una indemnización económica a los beneficiarios ante la invalidez absoluta (total y permanente) o muerte (accidental o natural) del trabajador asegurado. La prima depende de los términos acordados con la empresa aseguradora.
- Sistema de pensiones: los trabajadores pueden afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones o al Sistema Privado de Pensiones (SPP). Yo conozco el caso del SPP, el % que se paga es el 10% de la remuneración más la comisión que cobra la Administradora del Fondo de Pensiones (hay varias administradoras y la comisión está en torno al 1.6%). Este aporte es de cargo del trabajador, el empleador es únicamente responsable de la retención.
He tratado de
transmitirlo de forma clara y sencilla pero veamos un ejemplo práctico:
Imagina que tu
sueldo bruto anual es de 84000 soles, es decir 6000 soles mensuales. Hay que
tener en cuenta que el sueldo bruto anual se divide en 14 pagas por haber dos
gratificaciones (lo que en España serían las pagas extra), en julio y
diciembre. Los descuentos serán los siguientes:
- Aporte al SPP (10%): 600 soles.
- Comisión de la Administradora del Fondo de Pensiones (1.6%): 96 soles.
- Impuesto a la renta (15%): 900 soles.
El total de
descuentos suman 1596 soles, lo que nos daría un neto a recibir de 4404 soles.
Aparte de esto,
el aporte a Essalud y en su caso al seguro privado sería de cargo de la
empresa, por el 9% del sueldo bruto, en nuestro caso 540 soles.
Por lo que se
refiere al seguro, es importante que cuando negociéis vuestra
incorporación a una empresa, confirméis si ésta se va a hacer cargo del seguro
privado. Por lo general suele ser así, pero no está de más confirmarlo para
hacer vuestra planificación financiera correctamente. El tema de la salud
trataré de explicarlo en detalle más adelante cuando tenga mayor conocimiento.
Lo que sí puedo decir es que se recomienda tener un seguro privado porque la
sanidad pública no tiene fama de funcionar bien.
Espero que os haya resultado útil la explicación. Saludos y hasta el próximo post.
martes, 26 de marzo de 2013
Conducir en Perú: convalidación y canje del permiso
Hola a todos. Hoy
voy a hablaros de ciertos temas prácticos a tener en cuenta para que los
españoles podamos conducir en Perú “por derecho”.
España y Perú suscribieron
un Acuerdo sobre el reconocimiento recíproco y el canje de los permisos de
conducción nacionales. Este acuerdo implica fundamentalmente lo siguiente:
- Ambos países reconocen en su territorio los permisos y licencias de conducción nacionales expedidos por la correspondiente autoridad competente del otro país.
- Los ciudadanos españoles y peruanos pueden conducir temporalmente, durante el tiempo que determine la legislación nacional, vehículos en el territorio del otro país, siempre que se cuente con permiso o licencia válidos y en vigor.
- Una vez adquirida la residencia o iniciado el proceso para su adquisición, los ciudadanos pueden acceder por canje al permiso o a la licencia de conducción del país en el que residen, sin tener que realizar las pruebas teóricas y prácticas exigidas para su obtención.
Esto es lo básico
que contempla el Acuerdo. Veamos ahora en qué se traduce en el orden práctico.
Si vienes a Perú
de vacaciones, o estás residiendo aquí, puedes conducir con tu permiso español
por un tiempo limitado. Según me han comentado, este periodo es de 6 meses
desde que ingresas al país. Pasados los 6 meses, digamos que estarías
conduciendo de forma irregular.
Si resides en
Perú y tienes o estás en trámites de obtener tu carnet de extranjería, entonces
puedes canjear tu permiso de conducir español por el permiso peruano. Este
trámite se realiza ante el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) y
hay que presentar lo siguiente (no implica realizar un examen, según lo que
dispone el acuerdo):
- Original y copia de la licencia de conducir española.
- Certificado de aptitud psicosomática otorgado por Establecimiento de Salud autorizado por el MTC.
- Pago por derecho de tramitación de S/. 24.50 en el Banco de la Nación: Tasa Nº 1600.
- Certificado domiciliario expedido por Notario Público, Municipalidad o Juzgado de Paz o Certificado de Trabajo según corresponda.
- Declaración Jurada de donación de órgano.
- Dos fotos a colores con fondo blanco, tamaño pasaporte.
- Copia del carné de extranjería o el Documento Nacional de Identidad.
Todavía no he
realizado estos trámites por lo que poco más puedo añadir por ahora. Únicamente
que lo más engorroso del tema es tener que ir a la sede del MTC que se
encuentra muy alejada (concretamente en Jr. Antenor Orrego – Chacra Ríos).
Es importante
tener claros estos conceptos e ir con los papeles en regla a la hora de
conducir, de lo contrario te arriesgas a tener problemas con la policía. Yo no
he tenido ninguna incidencia en este sentido, pero lo sé por amigos que me han
contado su experiencia (sin embargo el tema de la policía en general da para mucho y
procuraré tratarlo en el blog). Además, según me comentó una persona que
trabaja en seguros, si estás conduciendo de forma irregular (por ejemplo con tu
permiso de conducir español pasados 7 meses desde que entraste al país), el
seguro no te cubriría en caso de accidente.
Mi recomendación
personal es que, antes de venir a Perú, vayáis a la Dirección de Tráfico de
vuestra ciudad y tramitéis el permiso de conducir internacional. Es un trámite
sencillo y ese carnet te permite conducir en el territorio de otro país por el
plazo de 1 año desde su expedición. De esta forma tendréis la tranquilidad de
poder conducir durante 1 año y poder tramitar tranquilamente el canje por el
permiso peruano, una vez obtengáis la residencia.
Espero que os haya resultado útil. Saludos y hasta el próximo post.
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